Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4

Fecha del Boletín 
05-01-2018

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180105-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

18
DECRETO 160/2017, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Daganzo de Arriba, con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas.

Con fecha de 27 de septiembre de 2017 se celebró el Acuerdo para la ejecución de obras de infraestructuras hidráulicas en el municipio de Daganzo de Arriba, con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba y Canal de Isabel II, Sociedad Anónima,derivado del Convenio de 25 de enero de 2012, para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de Daganzo de Arriba, entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, y el propio Ayuntamiento.

En la estipulación primera de dicho Acuerdo se establece que las obras hidráulicas previstas en el mismo, a ejecutar en el municipio de Daganzo de Arriba, se financiarán con cargo a lo recaudado por una cuota suplementaria, a aplicar junto a la tarifa de alcantarillado, cuyo importe será, según establece la estipulación tercera, de 0,13 euros por metro cúbico consumido, que será actualizado automáticamente conforme a las variaciones que se produzcan anualmente en las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.

La cuantía de la cuota suplementaria que contempla el Acuerdo celebrado con el municipio de Daganzo de Arriba ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establecen los artículos 6 y 7 del Reglamento sobre el Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

En su virtud, con el fin de dar cobertura al compromiso indicado, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en su reunión del día 29 de diciembre de 2017,

DISPONE

Primero

Aprobar una cuota suplementaria de 0,13 euros por metro cúbico consumido en la tarifa de alcantarillado del municipio de Daganzo de Arriba, con destino a la financiación de las obras de infraestructuras hidráulicas previstas en el Acuerdo suscrito entre Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, y dicho municipio el día 27 de septiembre de 2017, variando dicha cuota, automáticamente, en el mismo porcentaje que anualmente se establezca para las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.

Segundo

Se habilita al titular de la Consejería competente en esta materia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente Decreto.

Acordado en Madrid, a 29 de diciembre de 2017.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

(03/43.878/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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