Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
06-08-2018

Sección 1.1.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180806-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

2
DECRETO 129/2018, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean cuatro colegios de Educación Infantil y Primaria en los municipios de Fuenlabrada, Getafe, Leganés y Móstoles, dos en el municipio de El Boalo y un colegio de Educación Especial en Coslada, para el curso escolar 2018-2019.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en su artículo 29 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.

La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinados municipios o zonas como consecuencia del aumento de población escolar hace necesario que la Administración educativa lleve a cabo la construcción y puesta en funcionamiento de nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria que permitan incrementar la oferta educativa en aquellos lugares donde se produzca la citada demanda.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, así como en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y los colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Asimismo, el Decreto 40/2012, de 1 de marzo, por el que se regula la denominación específica de los centros educativos públicos en la Comunidad de Madrid, dispone que los centros educativos públicos de nueva creación tendrán la denominación específica que apruebe el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, y a propuesta de la Consejería de Educación e Investigación,

DISPONE

Artículo 1

Creación de centros

1. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “María Blanchard”, código 28078572, situado en la calle Niceto Alcalá Zamora, con vuelta en calle José Prat, con vuelta en calle Fuente de Antón Merlo, del municipio de Getafe.

2. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Gabriela Morreale”, código 28078584, situado en la calle Londres, con vuelta calle Viena, con vuelta a calle Nogal, del municipio de Leganés.

3. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Maruja Mallo”, código 28078596, situado en avenida de la Vía Láctea, con vuelta a avenida de la ONU, con vuelta calle Camino de Humanes, del municipio de Móstoles.

4. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Ivonne Blake”, código 28078602, situado en calle Medicina, esquina Camino de San Marcos, del municipio de Fuenlabrada.

Artículo 2

Creación de tres nuevos colegios por desglose de otros ya existentes en los municipios de El Boalo y Coslada

1. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Josefina Carabias”, código 28078614, situado en la avenida de Juan Pablo II, sin número, de la localidad de Mataelpino, municipio de El Boalo, por desglose del colegio de Educación Infantil, Primaria y Secundaria “San Sebastián”, sito en El Boalo, código 28001873.

2. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “María de Maeztu”, código 28078626, situado en la calle Miguel de Unamuno, sin número, de la localidad Cerceda, municipio de El Boalo, por desglose del colegio de Educación Infantil, Primaria y Secundaria “San Sebastián”, sito en El Boalo, código 28001873.

3. Se crea el colegio de Educación Especial “Rosa Parks”, código 28078560, situado en la avenida de Berlín, número 24, del municipio de Coslada, por desglose del colegio de Educación Especial “Guadarrama”, código 28037818, sito en el municipio de Coslada.

Artículo 3

Órganos de gobierno y de participación docente

1. El titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de este Decreto, y a propuesta de los titulares de las Direcciones de Área Territorial correspondientes, podrá efectuar los nombramientos de los directores de los centros, de acuerdo con lo establecido en el título V, capítulo IV, artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Decreto 63/2004, de 15 de abril, que aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se imparten enseñanzas escolares.

2. El proceso de elección y constitución del Consejo Escolar de los centros se realizará de conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 de enero.

3. El claustro de profesores de los nuevos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial se constituirá con el profesorado que preste servicio en el mismo.

Artículo 4

Incorporación al programa bilingüe de la Comunidad de Madrid

Los nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria mencionados en el artículo 1, y en los apartados 1 y 2 del artículo 2 del presente Decreto, pasarán a formar parte del programa bilingüe de la Comunidad de Madrid.

Artículo 5

Entrada en funcionamiento

Los centros que se crean en el presente Decreto entrarán en funcionamiento en el curso escolar 2018-2019.

Artículo 6

Ejecución

Se autoriza al Consejero de Educación e Investigación a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo del presente Decreto.

Artículo 7

Producción de efectos

El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 31 de julio de 2018.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

El Presidente, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

(03/26.543/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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