Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
15-12-2020

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201215-27

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

27
DECRETO 114/2020, de 9 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Zona de Interés Arqueológico, el yacimiento “La Mezquita”, en Cadalso de los Vidrios (Madrid).

Con base en la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, visto el valor del conjunto de elementos que integran el yacimiento denominado como “La Mezquita”, ubicado en el término municipal de Cadalso de los Vidrios.

Considerando el valor de este conjunto arqueológico como vestigio material de la importancia histórica del enclave de Cadalso de los Vidrios como punto estratégico en el paso de la Sierra Central entre la Meseta Norte y Toledo, considerando el valor de la continuidad del estudio del yacimiento en su vinculación no sólo con la historia del propio municipio, sino como muestra de una cultura material que ofrece una perspectiva de uso continuado durante la Edad Media. Considerando asimismo la singularidad destacable, tanto de la diversidad tipológica como el número de enterramientos encontrados en el yacimiento. Considerando asimismo la importancia histórico-cultural del mismo, como lugar de divulgación, como fuente de conocimiento y objeto de estudios futuros dado su interés histórico, científico, artístico, arqueológico y educativo.

Por todo ello, la Directora General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2019, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del citado bien.

En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando a la Real Academia de la Historia y a la Universidad Autónoma de Madrid.

Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (7 de enero de 2020), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 30135 y RBIC-2019-000017.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; tramitación condicionada, a los efectos de la suspensión del cumplimiento de los plazos administrativos desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de mayo del mismo año, derivados de lo dispuesto en el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En su reunión de 5 de febrero 2020, el Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros con la Resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 17 de diciembre de 2019, por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Zona de Interés Arqueológico, del yacimiento “La Mezquita”, en Cadalso de los Vidrios.

El académico secretario de la Real Academia de la Historia remite informe, aprobado en su sesión académica de 31 de enero de 2020, manifestando la conformidad con las consideraciones sobre el interés de este conjunto arqueológico expresadas en la Resolución para incoar el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Zona de Interés Arqueológico, a favor del yacimiento “La Mezquita”, en Cadalso de los Vidrios (Madrid), e informando que desde los intereses históricos, artísticos, arqueológicos, culturales y didácticos de este yacimiento arqueológico el informe de esta institución es positivo.

Igualmente, no figura que la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando ni la Universidad Autónoma hayan emitido informe por lo que, de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el mismo se entiende en sentido favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural.

Se recibe un escrito de alegaciones, durante el periodo de información pública y el trámite de audiencia, que es estudiado, informado, incorporado al expediente y contestado, procediéndose en base a sus conclusiones, a reiterar el texto inicial, salvo alguna corrección en el texto, considerada a tenor de la aceptación parcial de las alegaciones presentadas y con el ánimo de clarificar su comprensión.

Por todo ello, se reitera la propuesta técnica inicial con la salvedad de correcciones sobre la referencia a la producción industrial vidriera de Cadalso de los Vidrios en el apartado de la “breve introducción histórica” del Anexo, y otra en las referencias sobre la sobre la titularidad del yacimiento al objeto de clarificar su comprensión.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Cultura y Turismo, previa deliberación en su reunión del día 9 de diciembre de 2020,

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de zona de interés arqueológico, el yacimiento “La Mezquita”, en Cadalso de los Vidrios.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Cultura y Deporte.

Tercero

El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de diciembre de 2020.

La Consejera de Cultura y Turismo, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

ANEXO

«A) Descripción del bien objeto de la declaración como Bien de Interés Cultural

1. Identificación y localización del objeto de la declaración:

El bien objeto de declaración corresponde al yacimiento arqueológico “La Mezquita”, situado en el municipio de Cadalso de los Vidrios, en la provincia de Madrid. Se encuentra en la parcela catastral de titularidad pública con referencia 7222204UK7672S, ubicada en la periferia suroeste de la población, a una altura media de 650 metros. La superficie general de la parcela es de 4.439 m2. Al norte limita con la carretera de Cenicientos, y al este, sur y oeste limita con diferentes parcelas de uso rústico. En el extremo noroeste, al otro lado de la carretera de Cenicientos, se abre la calle Amor de Dios, en cuyo vértice hay una hilera de viviendas bajas.

Dentro del núcleo de Cadalso de los Vidrios, el yacimiento se ubica en la carretera de Cenicientos 1B, en la M-541, a la que se accede desde Madrid por la N-V hasta Navalcarnero, tomando un desvío por la M-507 hacia San Martín de Valdeiglesias. Una vez en Cadalso, se toma la carretera de Cenicientos o avenida de Madrid que constituye la prolongación de la calle de la Iglesia. El yacimiento se encuentra a unos 330 metros de la iglesia parroquial del municipio, y muy próximo al conjunto del Palacio del Marqués de Villena y sus jardines, y a la Fuente de los Álamos.

El bien objeto de declaración tiene como denominación principal la de yacimiento arqueológico de “La Mezquita” o iglesia y necrópolis “La Mezquita”, siendo conocido también de forma secundaria como Camposanto viejo de Cadalso de los Vidrios. Se trata de un yacimiento formado por los restos de una iglesia románico-mudéjar, con diferentes fases constructivas, y una importante necrópolis de época medieval y moderna cuyos niveles de ocupación superpuestos de forma continuada datan desde los siglos XII-XIII hasta el S. XVI, presentando distintas tipologías de tumbas y formas de enterramiento según el periodo histórico. En las intervenciones arqueológicas realizadas desde la década de los ochenta se han identificado también diferentes dependencias de la iglesia, como la sacristía y el campanario, y el albañal o sistema de salida de aguas.

El nombre de “La Mezquita” viene asociado a la supuesta existencia de una mezquita previa al templo cristiano, si bien se carece de pruebas fehacientes que sustenten esta conjetura.

En cuanto a su situación jurídica, la titularidad del bien pertenece al Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios.

2. Breve introducción histórica:

Cadalso de los Vidrios presenta una posición geográfica privilegiada como vaguada entre dos mesetas, en contacto con las estribaciones sur y oriental de la Sierra de Gredos, convirtiéndose en paso estratégico entre Toledo y Ávila a lo largo de la historia. De esta forma, ya en tiempos romanos hubo un asentamiento conocido como “las Ventas”, lugar de paso de uno de los caminos que comunicaba Ávila, Segovia, Toledo o Toletum y Augustobriga.

Posteriormente, también constituyó punto de paso en la ruta desde el norte de Castilla a Toledo, configurándose como enclave defensivo a través de su fortificación. De esta forma, se convirtió en baluarte de la defensa de Toledo frente a los avances del reino de Castilla, situación fronteriza que condiciona en gran medida su historia en época medieval.

Aunque los primeros vestigios localizados en el municipio datan de época altomedieval e islámica, Cadalso de los Vidrios adquiere importancia a partir de la época bajomedieval, primero como aldea y posteriormente como villa. Tras la conquista llevada a cabo por Alfonso VI, las murallas fueron reparadas en el año 1082, concediéndole este monarca el fuero y nombramiento de “Villa Muy Noble y Muy Leal”. Durante los siglos XII y XIII, la aldea de Cadalso fue adquiriendo importancia, otorgándosele diversos fueros y privilegios reales.

En aquel momento, Cadalso pertenecía a Toledo, a la Tierra de Escalona, convirtiéndose en villa por autorización del rey Juan I de Castilla. En los siglos posteriores, su condición de villa dependiente de la Tierra de Escalona se aboliría y reinstauraría sucesivamente a lo largo del tiempo, pasando por diversas manos nobiliarias hasta el año 1833 en el que, con la extinción del régimen señorial, el municipio pasa a depender de Madrid tras la división provincial realizada durante la regencia de María Cristina de Borbón.

En el S. XV pasa a constituirse como una de las propiedades de don Álvaro de Luna, y posteriormente pasó a depender de Juan Pacheco, marqués de Villena. El afamado Palacio homónimo del Marqués de Villena y sus jardines, que se encuentran cercanos al yacimiento, fueron probablemente construidos por don Álvaro de Luna como residencia de verano, rondando el año 1423.

Durante los siglos XV y XVI esta población adquiere gran importancia, llegando a su momento de esplendor. Cadalso de los Vidrios tuvo en 1468 un papel histórico fundamental al convertirse en escenario del encuentro entre Enrique IV de Castilla y su hermanastra Isabel I, conocida posteriormente como “La Católica”, alojándose el primero en el Palacio del Marqués de Villena, que se reflejó en un acuerdo con el que culminaron las negociaciones, según las cuales se ratificaba a Enrique IV como legítimo rey y se proclamaba a Isabel como heredera al trono de Castilla.

De esta época datan la mayor parte de los enterramientos de familias pudientes que han aflorado en el yacimiento arqueológico de “La Mezquita”, asociados a la presencia de la iglesia existente en el mismo. Este yacimiento constituye uno de los espacios patrimoniales bajomedievales más destacados de Cadalso de los Vidrios. Anteriormente, las fuentes lo consideraban como restos de una mezquita-fortaleza del periodo andalusí que dataría de finales del S. X y principios del S. XI. Actualmente, los restos más antiguos del yacimiento datan de los siglos XII-XIII en sus primeras fases constructivas y pertenecerían a la Ermita de la Encomienda de San Antonio Abad. Su posición periférica en el conjunto de la villa y extramuros a la misma constituyó un lugar idóneo para realizar enterramientos. La función de camposanto fue compartida a partir de finales del S. XVI con la iglesia parroquial intramuros de Nuestra Señora de la Asunción, abierta al culto en 1578, a cuyo flanco meridional se adosó un cementerio. Es precisamente en estas fechas, finales del S. XVI y principios del S. XVII, en la que las investigaciones datan el abandono del templo, aunque los enterramientos continuaron produciéndose al menos durante los dos siglos siguientes.

Posteriormente, Cadalso vive un periodo de declive: la población de los siglos XVI y XVII casi doblaba a los habitantes del S. XVIII. No obstante, en el siglo XVIII empieza a desarrollarse en la localidad una importante producción industrial vidriera, que es origen del nombre actual del municipio. Se hallan así documentados diversos hornos de vidrio que producían elementos de gran calidad, suministrando incluso cristalería a la Real Botica del Monasterio de El Escorial. La industria del vidrio y la producción de aguafuerte constituyeron el sustento económico de la localidad durante los siglos XVIII y XIX.

A finales del S. XX el templo románico-mudéjar del yacimiento conocido como “La Mezquita” presentaba un estado de ruina total, que se acentuó con las actuaciones del propietario particular de la parcela. En 1988 se le concede un permiso para desescombrar y limpiar la finca. El propietario de la parcela procedió en ese momento a derribar con una pala mecánica los restos de muros y arco mudéjar, reutilizándolos a continuación como cimientos para una urbanización que se estaba construyendo en el casco urbano. Gracias a la denuncia de una asociación cultural se paralizó la destrucción del yacimiento. Desde los años 90 se suceden las intervenciones de estudio y recuperación del yacimiento, que se incluye desde el año 2004 en el Plan de Yacimientos Visitables de la Comunidad de Madrid.

3. Descripción del bien objeto de declaración:

El bien objeto de la presente declaración corresponde a las estructuras y elementos de cultura material asociados al yacimiento arqueológico “La Mezquita”. Por ello, se consideran partes integrantes del bien la materialidad de los elementos originales preservados en el conjunto, como son los restos de la envolvente arquitectónica de la iglesia y sus pavimentos conservados, sistema de evacuación de aguas, lápidas, estelas funerarias y todos los elementos que puedan encontrarse en la superficie circunscrita a los límites del templo y su entorno; así como la necrópolis exterior al templo que forma el conjunto de enterramientos de diversas fases cronológicas y de uso y que conforman, tanto la parte interior del templo, como aquellos enterramientos hallados en el sector norte, oeste y sur de la parcela.

Conforme establece el artículo 3.1.g) de la Ley 3/2013, de 18 de junio, del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, quedarán incluidos en el objeto de declaración los bienes o restos de la intervención humana presentes en el yacimiento susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, tanto si se encuentran en la superficie como si se encuentran en el subsuelo.

4. Enumeración de partes integrantes y pertenencias:

En el yacimiento arqueológico de “La Mezquita” objeto de declaración se pueden distinguir los siguientes elementos principales:

A. La Iglesia.

Los restos del edificio de la iglesia románico-mudéjar presentan diversas fases de construcción, remontándose sus inicios a los siglos XII-XIII, con posteriores ampliaciones del oratorio fundacional hacia el norte y el este. Estas adiciones posteriores incluyen el presbiterio, el ábside, la sacristía y el sistema de salida de aguas; el campanario y el pórtico de acceso en la zona septentrional. Las últimas fases estudiadas están datadas en los siglos XVI-XVII aproximadamente, que coinciden con la fecha de abandono del templo tras la construcción de la iglesia parroquial. Las investigaciones realizadas hacen corresponder la construcción de la nave central del templo con la fase fundacional del edificio de los siglos XII-XIII, a la que se le asocian las inhumaciones de la primera fase de la necrópolis.

Posteriormente, se produjo la ampliación oriental en la que se erigieron el presbiterio y el ábside semicircular y que, en algunos casos, amortiza utilizando como fosa de cimentación las inhumaciones antropomorfas en el nivel geológico de la fase fundacional de enterramientos. Finalmente, se levantaron tres espacios anexos hacia la cara norte, antesala de unas estancias con función aún desconocida, junto al campanario, que presenta muros más gruesos que el resto del edificio, y la sacristía, en la que se encontró un pavimento de barro poco cocido.

El templo se configura mediante una planta rectangular de una única nave que mide 28 metros de largo por 13,70 metros de ancho aproximadamente. Destaca la amplitud del espacio, que probablemente estuvo articulado en origen a través de arcos torales, presentando un remate de cubierta a dos aguas. La cabecera de la iglesia, orientada al este, tiene una dimensión de 10 metros de ancho, estando ligeramente retranqueada respecto a la nave, que presenta restos de bases de pilastras y de cimentaciones de grandes piezas de granito. El ábside semicircular corresponde aproximadamente a la ampliación del templo realizada entre los siglos XV y XVI, época en la que también se adosaron al muro la torre, la sacristía, y el albañal o sistema de evacuación de aguas. Por su parte, el campanario está construido con sillares y sillarejos trabados con mortero.

Cabe reseñar la documentación sobre los restos de un arco mudéjar de ladrillo con tres arquivoltas del mismo material, que fue demolido durante las actuaciones de 1988 por parte del propietario de la finca. Este pórtico que presentaba restos de arcos se añade a la construcción fundacional en el S. XIII, según concluyen los investigadores.

En los restos del templo se encuentran diversos materiales y tipos de fábrica según la fase constructiva a la que pertenezcan, encontrando ladrillo mudéjar, encofrados de cal y canto, mampuestos enfoscados y sillería labrada de granito en esquinas y zócalos.

B. La necrópolis:

La necrópolis del yacimiento está asociada a la presencia del templo, y se encuentra tanto en el interior del mismo como en el área exterior. Las excavaciones arqueológicas realizadas hasta el momento han permitido documentar diferentes momentos de uso del cementerio, en el que se han constatado más de cien tumbas que se distribuyen por las zonas norte, sur y oeste de la parcela e interior de la iglesia. Todas las inhumaciones presentan una orientación general O-E.

Se identifican así hasta tres fases de enterramientos distintos, que se corresponden con las tres fases de uso del edificio. Destaca una primera fase fundacional con tumbas excavadas en roca, predominantemente antropomorfas, excavadas en un nivel geológico de sustrato de granito muy disgregado y de tonalidad amarillenta. La tipología de tumbas de esta fase es la de enterramientos antropomorfos de cabecera recta fundamentalmente, hallándose algunos de cabecera circular y de bañera, siendo esta última la destinada a los enterramientos infantiles. Correspondería a una fase fundacional de los siglos X y XII que remitiría según algunas investigaciones a la posible existencia de un edificio anterior al actual.

La segunda fase se corresponde con el hallazgo de enterramientos en fosa muy simples, en los que los individuos han sido envueltos en sudarios e introducidos en un ataúd de madera, que se deposita en una fosa cubierta con tierra. Este tipo de inhumaciones aparecen superpuestas, de forma que han aparecido hasta cuatro individuos en una potencia estratigráfica de apenas 60 centímetros. En algunos puntos, estos enterramientos conviven con tumbas en fosa tapadas con cubierta granítica datadas en los siglos XIII-XV, y que se corresponden por relación estratigráfica y cotas a la fase fundacional del edificio actual.

Por último, la tercera fase de enterramientos se corresponde con los excavados a niveles deposicionales donde se documentan restos óseos fragmentados sin conexión anatómica y con gran diversidad de tipos de enterramientos, como los de fosa con cubierta granítica, los de lajas, y las tumbas realizadas en adobe. Esta fase se asocia por relación estratigráfica y de cota a la última fase del edificio actual, correspondiente a la ampliación y construcción del ábside, sacristía y campanario entre los siglos XV y XVI, y que coincide con la época de esplendor de la localidad de Cadalso de los Vidrios.

El gran número de enterramientos de Edad Moderna que se reflejan en las numerosas losas graníticas con inscripciones, que indican la condición noble de algunas de las familias inhumadas, refleja la importancia de la localidad en ese momento. También se registran en las lápidas numerosas gliptografías como marcas de cantero, signos lapidarios y grabados en piedra, así como alguna reutilización. De igual forma, a través de los enterramientos de la nave central que conservan lápidas funerarias con inscripciones epigráficas, se ha podido conocer el nombre de alguno de los inhumados en el yacimiento.

El yacimiento se encuentra en la actualidad cubierto por una gran estructura de doce pilares de acero y cubierta de madera para su protección. Realizada en 2010, las zapatas sobre las que se apoyan los pilares de esta estructura están ubicadas en una posición que garantiza la mínima pérdida de información en el proceso de investigación. Finalmente, el acceso al mismo se realiza por un camino de grava situado en el lado este de la parcela, a escasos metros del exterior de la cabecera de la iglesia.

5. Enumeración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico que constituyan parte esencial de su historia:

En base a la documentación conocida hasta el momento, cabe destacar elementos de cultura material aparecidos durante los trabajos de excavación arqueológica en el yacimiento.

Entre los elementos encontrados cabe destacar las lápidas escritas con caracteres en letra gótica y humanística aparecidas en las labores de excavación y limpieza efectuadas en 1985, así como fragmentos cerámicos de época no especificada. Asimismo, en la campaña llevada a cabo en 1989 y en la prospección arqueológica de 1993 se documentaron ocho maravedíes de cobre de Fernando VII y dos vellones pobres, óbolos y cuartos de vellón, así como un ajuar numismático del S. XIII y monedas de los reyes Alfonso X y Enrique IV. También se registraron estelas funerarias de granito decoradas y diversos fragmentos de loza vidriada en blanco y rosado. Se han hallado asimismo elementos como platos, escorias de vidrio, un rosario de cuentas de vidrio azul, una cadena a base de eslabones en ocho de bronce, una cruz en hilo de bronce torsionado, clavos, tachuelas, tachones, alfileres, restos de tejido, una figurilla antropomorfa perforada en azabache -posiblemente correspondiente a Santiago apóstol-, una hebilla de cobre, unas pinzas, una llave, pulseras de pasta vítrea, etc. Todos los bienes referidos son objeto de estudio.

6. Delimitación gráfica del bien:

Se adjunta plano.

B) Valores que justifican la declaración del bien

El conjunto arqueológico que integra el bien objeto de declaración destaca como vestigio material de la importancia histórica del enclave de Cadalso de los Vidrios, como punto estratégico en el paso de la Sierra Central entre la Meseta Norte y Toledo, y como muestra de la importancia de esta localidad durante los períodos de uso de las estructuras que componen el mismo. El yacimiento ofrece una singular muestra de cultura material con la perspectiva de uso continuado durante la Edad Media, singularidad destacable tanto en la diversidad tipológica como en el número de enterramientos presentes en el mismo.

A la importancia histórico-cultural del bien objeto de declaración hay que añadir su valor como lugar de divulgación, fuente de conocimiento y objeto de estudios futuros dado su interés histórico, científico, artístico, arqueológico y educativo. Todo esto justifica plenamente que sea merecedor de esta figura de protección.

C) Delimitación del entorno afectado

1. Descripción literal:

El entorno afectado por la presente declaración se fundamenta en proteger y favorecer al yacimiento en su consideración de hito cultural e histórico, velar por la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de su puesta en valor, evitar la alteración o pérdida de los valores ambientales y paisajísticos asociados a su percepción; así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto de la declaración.

La delimitación del entorno de protección del bien responde a la posible conservación de niveles arqueológicos que pudieran formar parte del conjunto del yacimiento, además de responder a los criterios habituales de visibilidad del conjunto. Los terrenos circundantes al oeste, sur y este pertenecen al polígono 33, con las parcelas 03, 56, 57, 58, 72 y 74. El norte del yacimiento está limitado por la carretera de Cenicientos y la delimitación del Bien de Interés Cultural de los jardines del Palacio del Marqués de Villena.

De esta forma, el entorno de protección viene integrado por las seis parcelas que rodean a la que contiene los restos materiales del bien objeto de la presente declaración, que cuentan con las siguientes referencias catastrales: al oeste 7222203UK7672S, 28031A03300058 y 28031A03300057, al sur 28031A03300056, y al este 28031A03300072 y 28031A03300074.

2. Descripción gráfica del entorno:

Se adjunta plano.

D) Compatibilidad de uso con la correcta conservación del bien

La parcela en la que se encuentra el yacimiento arqueológico de “La Mezquita” es actualmente propiedad del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios y ocupa suelo urbano sin edificar, distinguiéndose en la ordenación urbana como Unidad de Actuación H. El yacimiento viene siendo objeto de campañas arqueológicas para el estudio de los restos, y desde 2004 está incluido en el Plan de Yacimientos Visitables de la Comunidad de Madrid. El Ayuntamiento ofrece un servicio de visitas guiadas previamente concertadas que en todo momento tienen en cuenta tanto la correcta conservación de las estructuras visibles como una adecuada comprensión del yacimiento por parte de los visitantes.

Para este uso, se ha procurado una accesibilidad mínima con elementos que no supongan menoscabo a las estructuras arqueológicas, accediendo por el este de la parcela en zona cercana a los restos del ábside del templo. Para la protección del yacimiento, también se ejecutó en 2010 una cubierta de madera soportada por una ligera estructura de pilares metálicos apoyados en zapatas, que se posicionan sin provocar deterioro al yacimiento.

E) Estado de conservación del bien y criterios de intervención

Del templo se conservan en la actualidad tan sólo los arranques de sus muros a distintas alturas, que van desde los 70 centímetros a un metro. Hasta 1989 se habían conservado algunos restos en estado de ruina, con parte de sus paramentos en pie, como los paños de los muros oeste y sur. En la entrada sur, se abría una de las dos puertas que habían existido, presentando escalones de granito que aún son reconocibles, y en la que se preservaban los restos de un arco de ladrillo de estilo mudéjar con tres arquivoltas. Se tiene constancia gráfica de la preservación de los referidos restos hasta finales de la década de los 80, previamente al derribo ejecutado por el particular propietario de la finca a principios de 1989. Esta acción tuvo como resultado la demolición de los restos preservados de los alzados oeste y sur de la iglesia, arrasando el único vestigio del arco de entrada. La paralización de estos trabajos dio inicio a diversas campañas arqueológicas para el estudio del yacimiento que se suceden hasta la actualidad.

Algunas de las intervenciones llevadas a cabo sobre el yacimiento han consistido en la consolidación de estructuras constructivas en zonas especialmente degradadas, y en aquellas partes con revestimiento de pintura mural en varios puntos del interior de la iglesia. También se ha dispuesto la reubicación de elementos derrumbados, fragmentados o removidos que se encuentran en el yacimiento y cuya ubicación original es perfectamente reconocible. De igual forma, se ha realizado la reintegración de los muros diferenciando materialmente las partes originales de las reintegradas. Se ha procedido a la documentación del yacimiento mediante el empleo del sistema de Estación Total y volcado de datos en un SIG.

En 2010 se ejecutó la estructura que protege al yacimiento, que consta de cubierta realizada en madera laminada sustentada por pilares metálicos. Este elemento conforma una protección frente a condiciones climáticas adversas y los agentes de degradación ambiental más dañinos, como el agua de lluvia y la radiación solar, y facilita los trabajos de excavación e investigación en el yacimiento. De igual forma, se han acondicionado unos caminos de grava para facilitar el acceso y la visita del bien, delimitando, a su vez, el recorrido permitido a los visitantes. Algunas zonas excavadas, como la parte noreste, se cubren para su preservación hasta posteriores campañas.

Tras las diversas actuaciones, el bien se encuentra parcialmente excavado y consolidado, con la extracción de los elementos muebles correspondientes, y presenta un buen estado de conservación, habiendo sido objeto de las labores de documentación, limpieza, excavación y consolidación de áreas. En los proyectos de intervención llevados a cabo desde su integración en el Plan de Yacimientos Visitables los criterios de conservación y restauración han sido los de mínima intervención en la estabilización de la ruina, la compatibilidad de materiales a través de la preferencia por los tradicionales y minimizando el uso de los materiales modernos, y permitir la legibilidad de la obra.

Con independencia de las mínimas intervenciones necesarias, los futuros criterios de intervención deberán orientarse hacia la preservación de los valores del bien que motivan la declaración del inmueble como bien de interés cultural. Las actuaciones que se realicen en el monumento y en su entorno deberán regirse por los criterios de intervención establecidos en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. La realización de cualquier intervención u obra deberá contar con la autorización de la entidad competente, así como garantizar la conservación, consolidación, rehabilitación y mejora de los valores que motivan su declaración.

Además de lo expuesto, será objeto de especial atención y estudio cualquier actuación urbanística en los espacios libres y vías públicas que formen parte del entorno del bien, así como cualquier implantación de elementos de mobiliario urbano que pudieran alterar la percepción del monumento.

(03/33.982/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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