Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2021

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211228-23

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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DECRETO 242/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, la obra atribuible a Michelangelo Merisi Da Caravaggio con el título “Ecce Homo”, identificada como “La Coronación de Espinas” del círculo de José de Ribera (s. XVII).

Mediante Orden Ministerial de 7 de abril de 2021, el Ministerio de Cultura y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Bellas Artes, y previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, se declara expresamente inexportable, como medida cautelar, el lote 229 de la subasta 409 de la sala Ansorena del día 8 de abril de 2021, integrado por una obra del Círculo de José de Ribera (s. XVII), “La coronación de espinas”. Óleo sobre lienzo, medidas 111 ´ 86 cm.

Considerando que, a tenor de los informes técnicos emitidos por el Ministerio de Cultura y Deporte y el Museo Nacional del Prado, la citada pintura merece ser declarada Bien de Interés Cultural por su interés histórico y artístico, así como su posible atribución a Michelangelo Merisi da Caravaggio bajo el título “Ecce Homo”; la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 9 de abril de 2021, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de dicho bien.

En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes, y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (14 de abril de 2021), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 146999 y RBIC-2021- 000001.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

En su reunión del 13 de mayo de 2021, el Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid muestra su conformidad por mayoría de sus miembros, con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 9 de abril de 2021 por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, de la obra del círculo de José de Ribera (s. XVII), “La coronación de espinas”, atribuible a Michelangelo Merisi da Caravaggio con el título “Ecce Homo”.

Se han recibido tres informes en relación con la pintura emitidos por la Real Academia de la Historia, el Museo Nacional del Prado y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. En los tres informes se indica que la confirmación de la autoría de Caravaggio requeriría de un análisis mediante radiografías y reflectografías. En el informe de la Academia de Bellas de San Fernando se plantea una hipótesis sobre la existencia de este lienzo antes de su ingreso en la Academia, haciendo mención a diversos documentos que parecen referirse a él. Por otra parte, en el epígrafe «El paso del “Ecce Homo” atribuido a Caravaggio, por las colecciones de la Academia a través de sus inventarios (1795-1823)» se hace referencia al intercambio del San Juan Bautista de Alonso Cano por un “Ecce-Homo que se atribuía al Caravaggio, por el Excmo. Sr. D. Evaristo Pérez de Castro en febrero de 1823”.

Por último, es de reseñar que durante el proceso de instrucción se han desarrollado numerosas publicaciones sobre la valoración del bien objeto de declaración. De ellas, es de destacar la publicación por Maria Cristina Terzaghi, historiadora del arte experta en Caravaggio en julio de 2021 de “Caravaggio Millenial. Un nuovo Ecce Homo del Merisi”, en “Caravaggio a Napoli e l´’Ecce Homo di Madrid. Nuovi dati e nuove idee”, Perugia, 2021, pp. 11-30. En esta publicación la experta italiana realiza un análisis detallado de la pintura y de su procedencia, y plantea que se trata de una obra original de Caravaggio.

El estudio realizado por Terzaghi, así como otros realizados por expertos en la obra del pintor italiano, refuerzan la tesis de la autoría de Caravaggio, aunque su confirmación deberá acreditarse por los análisis y estudios que se realicen en un futuro. En todo caso, y con independencia de la autoría, se confirma el interés y los valores de la pintura que motivaron la incoación del expediente de declaración, y que se describen en el anexo. A este respecto, se ha de incidir en que la obra constituye una pintura de gran valor que representa un testimonio de una corriente, el naturalismo italiano, escasamente representada en las colecciones ubicadas en la Comunidad de Madrid.

Por todo lo anterior, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial, incorporando únicamente al texto la información actualizada sobre el estado de conservación de la obra, obtenida de los informes técnicos recabados durante el proceso de instrucción.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de diciembre de 2021,

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, la obra atribuible a Michelangelo Merisi da Caravaggio con el título “Ecce Homo”, identificada como “La Coronación de Espinas” del círculo de José de Ribera (S. XVII), cuya descripción y justificación de los valores que motivan su declaración figuran en el Anexo adjunto.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Cultura y Deporte.

Tercero

El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de diciembre de 2021.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

ANEXO

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS VALORES DEL BIEN QUE MOTIVAN SU DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL

A) Descripción del bien objeto de declaración

Denominación: Obra correspondiente al lote 229 de la subasta 409 de la sala Ansorena del día 8 de abril de 2021, con el título “La coronación de espinas”.

Autor: Círculo de José de Ribera, según aparece en la información del lote 229 de la subasta 409 de la sala Ansorena del día 8 de abril de 2021.

Atribución: Atribuible a Michelangelo Merisi da Caravaggio bajo el título “Ecce Homo”.

Época/escuela: Siglo XVII.

Clase del bien: Pintura.

Materia/técnica: Óleo sobre lienzo.

Medidas: 111 ´ 86 cm.

Estado de conservación: Regular.

En la obra objeto de declaración se representa a Jesucristo doliente, con una caña en las manos, que permanecen atadas; semidesnudo, con la corona de espinas y expuesto a la mirada de la multitud, que se sitúa fuera del cuadro. Pilatos lo muestra al pueblo mientras el personaje situado tras él (probablemente un soldado, si bien en la imagen y debido a la suciedad que presenta la obra no se aprecian bien sus características) va a colocar sobre sus hombros un manto púrpura.

Esta imagen parece corresponder iconográficamente, más que a la coronación de espinas, a la expresión barroca del “Ecce Homo”, Ostentatio Christi o presentación de Cristo al pueblo por Pilatos narrada en el Evangelio según San Juan, un tema iconográfico paradigmático en la expresión de los valores de la Contrarreforma, contexto histórico en el que se inserta. Así, cuenta con los elementos simbólicos de esta escena de la Pasión de Cristo representada en los evangelios y luego trasladada a la iconografía religiosa: la corona de espinas, el manto púrpura, la caña a modo de cetro. El sentimiento de gravedad y de austeridad religiosa de Jesucristo contrasta con las expresiones dramáticas de los otros dos personajes, entre los que destaca, en primer término, la figura de Poncio Pilatos.

De acuerdo con el informe técnico emitido por el Museo del Prado, la procedencia de esta pintura podría estar relacionada con el coleccionismo de los virreyes de Nápoles del siglo XVII. De este modo, existen fundadas razones formales y documentales para considerar que es probablemente obra original de Michelangelo Merisi di Caravaggio (1571-1610) que estuvo en el siglo XVII en la colección del secretario de la corte de Nápoles don Juan de Lezcano, la cual pasó sucesivamente a la del virrey conde de Castrillo, con la que habría llegado a Madrid. En el inventario de la colección de Lezcano era recordado como “un ecçe homo con pilato que lo muestra al pueblo, y un sayón que le viste de detrás la veste purpúrea” y en el de la colección de Castrillo, como “un Heccehomo de zinco palmos con marco de evano con un soldado y Pilatos que le enseña al Pueblo es original de Micael Angel Caravacho” (conforme a publicaciones de Antonio Vannugli en 2009 y Belén Bartolomé en 1994). De este modo, y según la obra de Vannugli, la pintura citada en las fuentes no correspondería al Ecce Homo atribuido a Caravaggio que se conserva en la actualidad en el museo de Palazzo Bianco de Génova con n.o de inventario PB 1638, identificado en principio con la obra citada en los textos anteriormente referidos, sobre la que la historiografía reciente presenta una controversia tanto por su autoría como por su procedencia.

Junto a estas circunstancias, han de destacarse claros paralelismos de cronología y lenguaje pictórico entre la pintura objeto de declaración y la ejecución estilística de obras certificadas como originales de Caravaggio. De esta forma, se constatan algunas analogías formales un tanto aclaratorias pese al relativo deterioro de la pintura. Dichas analogías se advierten, por ejemplo, entre la figura del Cristo protagonista del Ecce Homo y el David de la Galleria Borghese de Roma. Pese a la diferencia de edad de los personajes, la construcción anatómica de torso y cuello, la leve inclinación de la cabeza, la direccionalidad baja de la mirada y las sombras sobre la mitad izquierda del rostro ponen de manifiesto una génesis debida al mismo autor. La figura de Pilatos en primer término presenta de igual modo importantes paralelismos con otras obras del autor en cuanto a los modelos empleados y el modo de describir su anatomía, como ocurre en la confrontación con el fraile de la Madonna del Rosario del Kunsthistorisches Museum de Viena.

La confirmación de su autoría requerirá de estudios técnicos especializados para los cuales la propiedad de la obra deberá proporcionar acceso a los investigadores conforme a la normativa jurídica vigente. Si esta se confirma, evidentemente la obra sumaría a los valores de calidad artística y técnica que ya presenta, la autoría por parte de un pintor italiano excepcional, que revolucionó la pintura en un sentido realista y que tuvo una influencia fundamental en numerosos artistas del siglo XVII.

No obstante, y en el caso de que el bien objeto de declaración no fuera finalmente obra de Caravaggio, existe acuerdo entre los especialistas en la materia en que la pintura, de alta calidad, respondería con seguridad a uno de sus más inmediatos seguidores. A este respecto, no existen dudas de que la pintura constituye un magnífico testimonio del primer naturalismo italiano, una escuela que ejerció una gran influencia en todo el arte europeo. La técnica estilística, el protagonismo de los primeros planos de los personajes, el realismo de modelos humanos, el contraste lumínico y la sobriedad compositiva configuran la obra como un exponente de gran interés de la pintura italiana naturalista del siglo XVII.

B) Estado de conservación del bien y criterios por los que deberán regirse las futuras intervenciones

En visita de inspección técnica se llevan a cabo análisis organoléptico de la pieza y un primer examen con luz visible. De los mismos se infiere, a falta de otros estudios técnicos en profundidad, que la obra está en estado latente de equilibrio de evolución inestable en cuanto a soporte. Debido a la rigidez y falta de adhesión entre sustratos, la película pictórica corre peligro de desprendimiento paulatino.

El lienzo ha sido reentelado, perdiendo esa tela adherencia con la original en varios puntos. La importante oxidación textil que presenta la pieza hace que la película pictórica y el adhesivo de entelado compartan la función de soporte.

En cuanto a la película pictórica, se encuentra oculta en gran parte por la pérdida de transparencia de las capas más superficiales (la pieza presenta una gran acumulación de barnices antiguos, oxidaos y pasmados) y por los repintes invasivos sobre la superficie original. El estrato pictórico presenta un cuarteado homogéneo en uve. En algunas zonas, ese cuarteado se hace más cóncavo y de mayor dimensión, provocando una pérdida total del estrato pictórico y dejando la tela al descubierto.

Las limpiezas selectivas de que ha sido objeto la obra y los repintes realizados en diferentes momentos y posiblemente con distintos materiales, dificultan una adecuada lectura de la misma.

Las intervenciones futuras deberán ser tendentes a subsanar estos aspectos y a la recuperación de los valores originales de la obra. Se recomienda en todo caso la realización de estudios de análisis por imagen: fotografía digital de alta resolución con luz visible, estudio con fluorescencia inducida por luz ultravioleta, radiografía, reflectografía infrarroja y estudio con fluorescencia de rayos X.

Los criterios a aplicar en futuras intervenciones habrán de ser los de mínima intervención, diferenciación y reversibilidad, debiendo regirse en cualquier caso por lo establecido en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

C) Valores que justifican la declaración del bien

La obra objeto de declaración presenta valores histórico-artísticos de singular importancia. Conforme a los informes técnicos de que se dispone a día de hoy, constituye una muestra de excelencia y maestría pictórica del primer naturalismo italiano, que ejerció una gran influencia en la escuela pictórica madrileña del siglo XVII. Aspectos como el retrato psicológico de los personajes, el realismo de los rostros, la fuerza lumínica que se concentra en el cuerpo de Jesucristo, el juego de primeros planos de los tres personajes y la comunicación que se establece con el espectador hacen del cuadro una obra de gran interés artístico.

Asimismo, la obra constituye una pintura de un valor excepcional dentro del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid, al representar un testimonio de una corriente, el naturalismo italiano, escasamente representada en las colecciones ubicadas en la región.

Los rasgos caravaggistas de la obra en su iconografía y lenguaje ejecutivo y su altísima calidad acreditan, de acuerdo con los especialistas que han analizado la obra, la especial relevancia de esta pintura dentro del patrimonio artístico de la Comunidad de Madrid.

Atendiendo a los valores expuestos, se puede concluir que la pintura correspondiente al lote 229 de la subasta 409 de la sala Ansorena del día 8 de abril de 2021, integrado por una obra del Círculo de José de Ribera (s. XVII), “La coronación de espinas”. Óleo sobre lienzo, medidas 111 ´ 86 cm, atribuible a Michelangelo Merisi da Caravaggio con el título “Ecce Homo”, reúne valores de interés histórico y artístico relevantes para su declaración como Bien de Interés Cultural.

(03/34.968/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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