Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241008-18

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

18
ORDEN 4183/2024, de 24 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda, el cambio de la denominación de la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y se redistribuyen determinadas titulaciones entre dicha Facultad y la Facultad de Ciencias Biomédicas y de la Salud de la Universidad Europea de Madrid.

El artículo 97.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, dispone que la creación, modificación y supresión de las estructuras en las que se organizan las universidades privadas, se efectuarán a propuesta de la universidad, en los términos previstos en su artículo 41.1. En este sentido el citado artículo establece que la creación, modificación y supresión de facultades y escuelas serán acordadas por la Comunidad Autónoma, a iniciativa de la universidad mediante propuesta y aprobación de su Consejo de Gobierno. En el caso de las universidades privadas, esta última referencia se ha de entender referida al órgano que las normas de organización y funcionamiento de la universidad declaren competente a estos efectos.

Dando cumplimiento a lo establecido en los citados artículos, la Universidad Europea de Madrid presentó el 4 de octubre de 2023 solicitud por el que efectuaba propuesta de modificación de la denominación de su Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte por la de Facultad de Medicina, Salud y Deportes, así como la redistribución de determinadas titulaciones entre dicha Facultad y la de Ciencias Biomédicas y de la Salud, todo ello de conformidad con lo acordado por su Comité de Dirección en la sesión celebrada el 27 de octubre de 2023, órgano competente a estos efectos, de acuerdo con lo dispuesto su normas de organización y funcionamiento de la Universidad, aprobadas por Decreto 73/2010, de 14 de octubre, del Consejo de Gobierno.

La Universidad fundamenta tanto el cambio de denominación del centro, como la reorganización de titulaciones en cuestiones tanto conceptuales y organizativas como de eficacia en la gestión, entendiendo que la modificación le permitirá fomentar la cooperación, multidisciplinariedad e interdisciplinaridad propios del modelo académico que preside las actuaciones de la Universidad Europea de Madrid.

Esta orden ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 14 de diciembre de 2023, de conformidad con lo establecido artículo 5 a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Universidades, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

DISPONGO

Primero

Acordar a partir del curso académico 2024-2025, a propuesta de la Universidad Europea de Madrid, el cambio de denominación de la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte que pasará a denominarse Facultad de Medicina, Salud y Deportes, y cuyas instalaciones se ubicarán en la calle Tajo, s/n. Urbanización El Bosque, de Villaviciosa de Odón (Madrid) y en la Avenida Fernando Alonso, número 8, de Alcobendas (Madrid).

Segundo

Acordar, a partir del curso académico 2024-2025, a propuesta de la Universidad Europea de Madrid, la redistribución de determinadas titulaciones, entre la nueva Facultad de Medicina, Salud y Deportes y la Facultad de Ciencias Biomédicas y de la Salud, siendo dicha redistribución como sigue:



Tercero

La Universidad deberá presentar ante el órgano de evaluación externo la solicitud de modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas, motivada por el cambio de denominación del centro siguiendo para ello el procedimiento previsto en artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Cuarto

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cuantos otros recursos los interesados estimen pertinente instar.

Quinto

Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de septiembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/15.629/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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