Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2011

Sección 1.1.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110804-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

2
Decreto 145/2011, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean siete escuelas infantiles de primer ciclo en los municipios de Alcobendas, Algete, Collado Villalba, Leganés, Madrid y Móstoles.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 15, dispone que las Administraciones Públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primero ciclo de Educación infantil. A tal efecto, señala que podrán establecer, asimismo, entre otros medios, convenios de colaboración con las Corporaciones Locales.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación y Empleo, promueve la creación de centros en el marco de la Red Pública de centros de Educación infantil. En el momento actual y con objeto de dar una mayor cobertura a la demanda de plazas escolares para niños menores de tres años, es necesaria la creación de nuevos centros públicos de Educación infantil en diferentes municipios de la Comunidad de Madrid.

Mediante el presente Decreto se crean siete escuelas infantiles. Estos centros se encuentran incluidos en las previsiones de la programación educativa para las zonas en las que se ubican, de conformidad con lo dispuesto en el 27 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación. En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el 17 y en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su reunión del día de la fecha

DISPONGO

Primero

Crear la escuela infantil de titularidad de la Comunidad de Madrid que se describen en el Anexo I.

Segundo

Crear las escuelas infantiles de titularidad municipal que se describen en el Anexo II.

Tercero

Las escuelas infantiles mencionadas en el Anexo II se regirán por los convenios suscritos entre la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos correspondientes, en cuanto al régimen económico y de funcionamiento de las mismas.

Cuarto

La capacidad máxima de las unidades del primero ciclo de Educación Infantil en funcionamiento, en cada curso, no podrá exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de las ratios que, en cuanto a superficie mínima requerida por puesto escolar y número máximo de alumnos por unidad, según la edad de los niños escolarizados, que se determinan en los artículos 7 y 8 del Decreto 18/2008, de 6 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Quinto

Se autoriza a la Consejera de Educación y Empleo a adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Decreto.

Sexto

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 21 de julio de 2011.

La Consejera de Educación y Empleo, La Presidenta, LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

ANEXO I

Escuelas infantiles de titularidad de la Comunidad de Madrid

Escuela infantil “La Comba”.

Leganés número 11.

Titularidad: Comunidad de Madrid.

Código: 28070241.

Domicilio: Calle Alcalde Pedro González González.

Municipio: Leganés.

Composición: 8 unidades de primero ciclo de Educación Infantil.

ANEXO II

Escuelas infantiles de titularidad municipal

Escuela infantil “Fuentelucha.”

Alcobendas número 6.

Titularidad: Ayuntamiento de Alcobendas.

Código: 28072341

Domicilio: Avenida de la Ilusión.

Municipio: Alcobendas.

Composición: 12 unidades de primero ciclo de Educación Infantil.

Escuela infantil “El principito”.

Algete número 2.

Titularidad: Ayuntamiento de Algete.

Código: 28068773.

Domicilio: Calle Virtudes, números 32-34.

Municipio: Algete.

Composición: 8 unidades de primero ciclo de Educación Infantil.

Escuela infantil “Calimero”.

Collado Villalba número 3.

Titularidad: Ayuntamiento de Collado Villalba.

Código: 28072429.

Domicilio: Calle Amapola y Calle Rincón de las Heras.

Municipio: Collado Villalba.

Composición: 12 unidades de primero ciclo de Educación Infantil.

Escuela infantil “El Olivar”.

Madrid Centro 4.

Titularidad: Ayuntamiento de Madrid.

Código: 28073264.

Domicilio: Calle del Olivar números 48-50.

Municipio: Madrid.

Composición: 4 unidades de primero ciclo de Educación Infantil.

Escuela infantil “El Columpio”.

Móstoles número 9.

Titularidad: Ayuntamiento de Móstoles.

Código: 28072387.

Domicilio: Paseo de Arroyomolinos, número 64.

Municipio: Móstoles.

Composición: 16 unidades de primero ciclo de Educación Infantil.

Escuela infantil “Osa mayor”.

Móstoles número 10.

Titularidad: Ayuntamiento de Móstoles.

Código: 28073215.

Domicilio: Calle Casiopea, número 14.

Municipio; Móstoles.

Composición: 16 unidades de primero ciclo de Educación Infantil.

(03/27.902/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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