Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2015

Sección 1.1.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
DECRETO 232/2015, de 3 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se fusionan la Dirección General de Justicia y la Dirección General de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Mediante Decreto 72/2015, de 7 de julio, el Consejo de Gobierno modificó las competencias y estructura de las Consejerías que forman el Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Mediante Decreto 192/2015, de 4 de agosto, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Con el fin de alcanzar una mayor eficiencia y coordinación de la acción de gobierno, tendiendo hacia un gasto lo más racional posible y prestando con eficiencia los servicios públicos, se considera conveniente continuar la senda de reducción del número de Direcciones Generales, trasladando sus competencias a otros centros directivos sin mermar la eficacia en la acción de gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 21.u) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 3 de noviembre de 2015,

DISPONGO

Artículo 1

Fusión de la Dirección General de Justicia y de la Dirección General de Seguridad, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

Se suprimen la Dirección General de Justicia y la Dirección General de Seguridad, y se crea la Dirección General de Justicia y Seguridad, que asumirá las competencias de las Direcciones Generales suprimidas.

Artículo 2

Estructura de la Dirección General de Justicia y Seguridad

La Dirección General de Justicia y Seguridad se estructura en las siguientes Subdirecciones Generales:

a) Subdirección General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia.

b) Subdirección General de Régimen Económico.

c) Subdirección General de Infraestructuras Judiciales.

d) Subdirección General de Gestión Administrativa.

e) Subdirección General de Seguridad Operativa.

f) Subdirección General de Política Interior.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera

Habilitación

Se habilita a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda a asignar los programas presupuestarios a la Dirección General de Justicia y Seguridad, de acuerdo con la distribución de competencias establecidas, así como a efectuar aquellas modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos que sean necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2015.

Segunda

Modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria

El personal adscrito a las Direcciones Generales afectadas por el presente Decreto pasará automáticamente a depender de la Dirección General de Justicia y Seguridad.

Por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda se efectuarán, en su caso, las modificaciones que procedan, en orden a adecuar las plantillas presupuestarias y las relaciones de puestos de trabajo a la nueva estructura.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Derogación normativa

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 3 de noviembre de 2015.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

(03/31.806/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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