Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
09-08-2010

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100809-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

1
DECRETO 49/2010, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, de creación y reorganización de colegios de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial para el curso escolar 2010-2011 en los municipios de Madrid, Aranjuez, ­Alcorcón, Fuenlabrada y San Sebastián de los Reyes.

La Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, establece en su artículo 29, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y ­especialidades.

La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinadas localidades o barrios, como consecuencia del aumento de población escolar, hace necesario que la Administración educativa lleve a cabo la construcción y puesta en funcionamiento de nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial que permitan incrementar la oferta educativa en aquellos lugares donde se produzca tal demanda.

Paralelamente, el análisis de las necesidades actuales y futuras de escolarización en zonas concretas, aconseja dar de baja un colegio de Educación Infantil y Primaria en el municipio de Madrid, con el fin de ajustar la oferta educativa de plazas escolares a las necesidades de escolarización del distrito municipal de Fuencarral-El Pardo.

En virtud de lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley ­Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación que establece que la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, y del artículo 2 del Real Decreto 82/1996, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, a propuesta de la Consejera de Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su reunión del día 29 de julio de 2010,

DISPONE

Primero

Creación y supresión de centros

1. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Carmen Laforet”, código 28071826, situado en la avenida Gran Vía del Este, sin número, distrito municipal de Vicálvaro, de la localidad de Madrid.

2. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Maestro Padilla”, código 28072466, situado en la avenida de la Peseta, con vuelta a vía Lusitana, distrito municipal de Carabanchel, de la localidad de Madrid.

3. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Antonio Fontán”, código 28072478, situado en la avenida Santuario de Valverde, con vuelta a Monasterio de Arlanza, PAU de Montecarmelo, distrito municipal de Fuencarral-El Pardo, de la localidad de Madrid.

4. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Maestro Rodrigo”, código 28070691, situado en la avenida Memorial de la Paz de Hiroshima, sin número, PAU de la Montaña, de la localidad de Aranjuez.

5. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Chaves Nogales”, código 28070706, situado en la calle Berlín, con vuelta a la calle Atenas, sin número, barrio de El Hospital, de la localidad de Alcorcón.

6. Se crea el colegio de Educación Especial “Sor Juana Inés de la Cruz”, código 28069704, situado en la calle de Reinosa, número 26, de la localidad de Fuenlabrada.

7. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Miguel Delibes”, código 28071814, situado en la calle Alonso Zamora Vicente, con vuelta a Rosa Chacel, zona Dehesa Vieja, de la localidad de San Sebastián de los Reyes.

8. Se da de baja el colegio de Educación Infantil y Primaria “Arroyofresno”, código 28005064, situado en la calle de Pico Balaitus, número 24, de la localidad de Madrid.

Segundo

Cese de actividades y finalización del mandato de los órganos de gobierno

El colegio de Educación Infantil y Primaria al que se hace referencia en el punto 8 del apartado primero del presente Decreto cesará en sus actividades al término del presente curso escolar 2009-2010.

Con esta misma fecha finalizarán los mandatos de los actuales órgano de gobierno, tanto colegiados como unipersonales.

Tercero

Nombramientos de Directores provisionales

En los centros creados en virtud del presente Decreto, el Director General de Recursos Humanos, a propuesta de los Directores de Área Territorial correspondientes, podrá efectuar los nombramientos de Directores provisionales de acuerdo con lo establecido en el ­título V, capítulo IV, artículo 137 de la Ley Orgánica de Educación, y en el Decreto 63/2004, de 15 de abril, que aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se impartan enseñanzas escolares.

Cuarto

Constitución de los Consejos Escolares

La constitución de los Consejos Escolares de los colegios creados por el presente ­Decreto se realizará una vez se haya desarrollado el procedimiento de elección de los representantes de los distintos sectores de sus respectivas comunidades educativas, de acuerdo con la normativa vigente.

Quinto

Facultad de desarrollo

Se autoriza a la Consejera de Educación a adoptar las medidas necesarias para el ­desarrollo del presente Decreto.

Sexto

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de julio de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/31.742/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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