Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
21-10-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101021-4

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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Decreto 72/2010, de 14 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de distribución de agua de la urbanización “Cotorredondo”, del municipio de Batres, con destino a la financiación de las obras de abastecimiento desde la red general y renovación de la red existente.

Con fecha 21 de julio de 2010 se firmó el Convenio de Gestión Técnico-Comercial para la redacción, ejecución y financiación de los proyectos de obras relativos a la red de transporte primaria y red de distribución con renovación de las infraestructuras internas de la urbanización “Cotorredondo”, entre el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Batres y la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación “Cotorredondo”.

En el capítulo VI, estipulación vigésima, apartado 1.o de dicho convenio se establece que el coste de las obras de infraestructura hidráulica necesarias para el abastecimiento de la urbanización desde la Red General de la Comunidad de Madrid y renovación de las existentes se financiará con cargo a lo recaudado por una cuota suplementaria de 71 euros, IVA no incluido, por unidad de suministro y factura en el caso de facturación bimestral, a aplicar en las facturas por consumo de los propietarios de las fincas con suministro de agua que existan en cada momento en la urbanización, sin que dicha cuota varíe con el transcurso del tiempo. Si variara el período de facturación del consumo, se adecuará la cuota suplementaria indicada en la misma proporción que varíe dicho período.

La cuantía de la cuota suplementaria que contempla el convenio celebrado con esta urbanización ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establecen los artículos 6 y 7 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

En su virtud, con el fin de dar cobertura al compromiso indicado, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de octubre de 2010,

DISPONGO

Aprobar una cuota suplementaria de 71 euros, IVA no incluido, por unidad de suministro y factura en el caso de facturación bimestral, para la urbanización “Cotorredondo”, del municipio de Batres, con destino a la financiación de las obras de abastecimiento desde la Red General de la Comunidad de Madrid y renovación de la red existente, prevista en el convenio suscrito entre el Canal de Isabel II, el municipio de Batres y la citada urbanización, el 21 de julio de 2010.

Dado en Madrid, a 14 de octubre de 2010.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte, La Presidenta, y Portavoz del Gobierno, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/39.616/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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